Presentación del modelo censal 037 por Internet

El modelo censal 037 es la versión resumida del modelo 036 que está destinado a causar alta, baja o modificación en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Este modelo censal -en cualquier de su dos variantes- se presenta por Internet mediante certificado digital o dni electrónico, al igual que cada modelo informativo, de IVA o de IRPF, de modo que su efecto es inmediato atendiendo a la fecha efectiva consignada.

Alta de actividad profesional o empresarial

El alta en Hacienda como autónomo, ya sea bajo un epígrafe profesional o empresarial, es tan sencillo que presentar el modelo 037 y establecer la causa de presentación.

En este caso se marca la casilla 111 «Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores»

En esta primera página del formulario habrá que introducir los datos identificativos y el domicilio.

Se puede establecer un domicilio distinto en el que recibir las notificaciones de la AEAT

Al tratase de una alta como autónomo, en la segunda página del modelo 037 habrá que notificar el alta tanto del IRPF como del IVA

Es decir, no basta con haber marcado el alta en la casilla 111 del anterior paso, sino que hay que notificar a la Agencia Tributaria si vas a estar obligado a presentar los modelos trimestrales de IRPF y de IVA.

Si te das de alta como autónomo, casi con toda probabilidad lo harás en estimación directa simplificada, por lo que estarás obligado a presentar el modelo 303 de IVA trimestralmente.

Alta en el Impuesto de Valor Añadido – IVA

Por tanto y como hemos dicho, comunicamos el inicio de actividad para el IVA marcando la casilla 502 y establecemos la fecha, que habitualmente debe coincidir con la fecha de alta como autónomo.

En el régimen aplicable lo habituales estar en Régimen General, por tanto se marca la casilla 501 para el alta, en la casilla 511 se indica el epígrafe IAE, y la fecha efectiva del alta en la casilla 512.

Alta en el Impuesto de Renta de las Personas Físicas – IRPF

A diferencia del IVA, el alta en el IRPF estará condicionado a si estás obligado a presentar el modelo 130 de IRPF, en cuyo caso habrá que proceder al alta de la siguiente manera.

Lo habitual para una autónomo profesional, y a menos que esté en el sistema de módulos, es cursar alta en estimación directa simplificada.

Nota: No te des de alta en casilla 600 «Obligación de realizar pago fraccionado a cuenta del IRPF», siempre y cuando en más del 70% de tu facturación ya estés aplicando un descuento de IRPF.
Leer más – Exento de presentar el modelo 130

Baja de actividad profesional o empresarial

Proceder a ocasionar una baja de autónomo utilizando el modelo censal 037 es aún más sencillo si cabe que el alta.

Para la baja tan solo se debe marcar la casilla 150, seleccionar una causa en la casilla 151, y finalmente indicar la fecha efectiva de la baja en la casilla 152.

Modificación en la actividad profesional o empresarial

Estando de alta y ejerciendo cualquier tipo de actividad, ya sea profesional o empresarial, es posible modificar algún aspecto de la misma, o añadir particularidades para adecuar dicha actividad económica al momento actual.

En la siguiente imagen se pueden ver todas las modificaciones que pueden realizarse en el modelo censal 037

Ahora bien, y recordando que este modelo 037 es en realidad un modelo resumido del 036, es este último el que habrá que presentar para otro tipo de modificaciones que no aparecen en el 037.

Por ejemplo, para la solicitud de alta como operador intracomunitario no es posible hacerlo desde el 037, sino que habrá que presentar el modelo 036, el cual es lo mismo, pero que incorpora más opciones.

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