Declarar pérdida patrimonial en la declaración de la renta

En el siguiente artículo vamos a detallar de forma precisa la manera de declarar una pérdida patrimonial en la declaración de la renta.

Se trata de guiarte paso a paso para que sepas cómo has rellenar el modelo 100, cumplimentando correctamente cada casilla.

Recuerda que la declaración de la venta de un piso se declarará en el siguiente año de su transmisión.

Para la explicación, vamos a tomar el ejemplo de venta de un piso en 2018, por tanto habrá que incluir la venta en la declaración de la renta de 2019.

¿Cómo incluyo en la declaración de la renta mi vivienda vendida en 2018?

De entre todas las modalidades disponible, utilizar el apartado de la página 12(I) G2

G2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. A integrar en la base imponible del ahorro.

1.- Contribuyente titular. Accediendo con el certificado digital, se autocompletarán muchos de los apartado. En este caso «Declarante»
2.- Tipo de elemento patrimonial. Es «1» para el caso de un piso.
3.- Referencia catastral. Hay que incluir manualmente la referencia catastral. Puede buscarse en la web del catastro, o en los datos fiscales de cualquier año en los que ha sido titular de la vivienda.

Fechas y valores de transmisión y de adquisición

4.- Fecha de transmisión. Es la fecha efectiva en la que se produce la transmisión de la vivienda. No confundir con precontratos o acuerdos previos a la fecha de entrega de las llaves.
5.- Fecha de la adquisición. La fecha correspondiente a la adquisición del inmueble. En caso de duda consultar la fecha en el contrato o en datos fiscales de anteriores años.
6.- Valor de la transmisión. Este valor se calcula restando al importe de transmisión los gastos de transmisión.

Vendemos el piso al comprador por un importe de 73.000€, lo cual representa el precio de venta.
Por otro lado vamos a tener unos gastos de transmisión (notario, gestoría, etc,..) por un importe de 2.369€.
El valor de la transmisión resultante es de 70.630€, valor a rellenar en la casilla 0363

7.- Valor de la adquisición. Este valor es el resultado de la suma del importe de la adquisición más los gastos de adquisición.

En el año 2005 adquirimos la vivienda con un importe de adquisición de 70.318€ sin incluir el IVA.
Hubo unos gastos vinculados a la adquisición (notario, registro, hacienda) por un importe de 1.329€.
El valor de la adquisición resultante es de 71.648€, valor a rellenar en la casilla 0367

8.- Pérdida patrimonial obtenida. La diferencia de valores entre la adquisición y la transmisión ofrece un resultado negativo, por tanto un pérdida patrimonial que se autocalculará en la casilla 0368

La diferencia entre el valor de la adquisición (71.648€) menos el valor de la transmisión (70.630€) da un resultado negativo de 1.017€. Esa es la pérdida patrimonial declarada imputable a 2018

Tal y como se puede apreciar resulta bastante sencillo declarar la venta de un piso -con o sin pérdida patrimonial- en la declaración anual de impuestos.

Sin embargo, en cierto casos, hay que tener en cuenta algunos aspecto de importancia y que no deben dejarse pasar por alto, por tanto y ante la duda, recomendamos acudir a un asesor fiscal para confeccionar el modelo.

¿Ha habido amortizaciones?

Recordemos que el valor de la adquisición es el resultado de la suma del importe de la adquisición y los gastos de adquisición.
Sin embargo cabe destacar una tercera casilla, que dependerá habrá que dejar en blanco o introducir un valor.

La casilla se deja en blanco si no ha habido amortización de la vivienda, es decir, que se ha utilizado única y exclusivamente como primera vivienda del propietario.
Ahora bien, si la vivienda ha sido alquilada a terceras personas se considera que ha habido una amortización de la mismo, por tanto ese importe de la amortización es el habría que incluir en dicha casilla.

¿Y si has destinado la vivienda a una actividad profesional?

En este caso es posible dejar la casilla de amortizaciones en blanco, ya que probablemente no influiría en el resultado final.
Para este ejemplo, un trabajador autónomo que utiliza un pequeño despacho en una de las habitaciones de su vivienda.

Aunque destines el inmueble a tu actividad profesional, sería en parte, es decir si vives en casa y esa casa tiene 100m2 por ejemplo, igual que sólo puedes deducir por el porcentaje que ocupa el despacho, por ejemplo una habitación de 8 m2, es decir el 8% y eso lo divides por tres, al trabajar 8 horas de 24 que tiene el día (8%/3=2,66% a las amortizaciones serían irrisorias, es decir de un piso de 70000 € se amortiza sólo la construcción, nunca la parte que corresponde a solar, por ello, según tablas de amortización sería 70000 x 3% de amortización =2100 al año y 2100 x2,66 % = 55€ de amortización por cada año que estuviera en tu poder x 13 años = 715€ a poner de amortización, cosa que no influye en lo más mínimo en el resultado.

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