Hay tres trámites que están relacionados con un cambio de domicilio, y por tanto del empadronamiento del ciudadano, de modo que una cosa conlleva a la otra.
Servicio de comunicación de cambio de domicilio
Cuando un ciudadano se muda a otro domicilio, aunque sea en la misma población, deberá notificar acerca de ese cambio mediante una comunicación de cambio de domicilio.
Esta gestión puede hacerse online mediante el sistema de cl@ve o mediante utilizando un certificado digital, y de forma simplificada quedarán notificados las siguientes entidades; Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección General de Policía, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Dirección General de Tráfico, y la Agencia Tributaria.
Después de notificar el cambio, al cabo de varios días, será posible consultar el estado de la solicitud para comprobar si los cambios se han llevado a cabo.
Certificado y volante de empadronamiento
El certificado de empadronamiento es un documento informativo que expide el Ayuntamiento, en el cual consta toda la información personal del solicitante.
Al tratarse de un procedimiento local, este servicio no está disponible en una base de datos común para el todo el territorio español, por lo que el interesado debe acudir al su Ayuntamiento y solicitar el certificado de empadronamiento personalmente.
En algunos Ayuntamiento es posible solicitar el certificado desde su propia Sede electrónica, por tanto habrá que acceder a la web del Ayuntamiento para comprobar si ese servicio online está disponible, o si por el contrario hay que acudir de manera presencial.
Comprobación del domicilio fiscal
Para esta gestión es necesario acceder a la Sede electrónica de la Seguridad Social.
Lo más fácil es utilizar un certificado digital y acceder al area personal, en donde se pueden comprobar los datos identificativos y censales del contribuyente, además de poder realizar otro tipo de gestiones, como notificar un cambio de domicilio fiscal.
Accediendo a la opción de ese cambio de domicilio, se puede comprobar en primera instancia el domicilio actual que les consta en la Agencia Tributaria, pudiendo modificar todos los datos del domicilio, al igual que la referencia catastral.
Existe una opción interesante, y es que cabe la posibilidad de modificar el domicilio para las notificaciones, que no tiene porqué ser el mismo que el domicilio fiscal.
Al contribuyente puede resultarle más conveniente recibir cualquier tipo de notificación de la Agencia Tributaria en un domicilio distinto al domicilio fiscal en el que consta, y este domicilio distinto tan solo sirve para las notificaciones, no para otros fines administrativos.